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Legislación › Real Decreto 726/2020, de 4 de agosto, por el que se modifica el Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero.

Disposición transitoria cuarta. Armeros y corredores.

Disposición transitoria cuarta. Armeros y corredores.

La comunicación prevista en el artículo 10.5 del reglamento aprobado por este real decreto, será exigible a partir de los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

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