Legislación › Real Decreto 735/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Artículo 6. Dirección General de Ordenación Profesional.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de agosto de 2020 y la del 7 de octubre de 2021.
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Artículo 6. Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas. Dirección General de Ordenación Profesional.
1. Corresponde a la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas las funciones La Dirección General de dirección, impulso, coordinación general y supervisión Ordenación Profesional es el órgano encargado de los servicios encargados efectuar propuestas de la actualización y ejecución del Plan Nacional sobre Drogas. En el ámbito ordenación de las competencias del Ministerio de Sanidad, bajo la superior dirección profesiones sanitarias, ordenación y gestión de la persona titular formación especializada en ciencias de la Secretaría de Estado de Sanidad, asume el impulso de salud y las políticas relaciones profesionales. Dará apoyo tanto al pleno como a los grupos de reducción trabajo de la demanda Comisión de Recursos Humanos del consumo Sistema Nacional de drogas y Salud, con la finalidad de los programas facilitar la cooperación entre el Ministerio de prevención, tratamiento, incorporación social Sanidad y reducción de daños relacionados con conductas adictivas. las
2. En particular, le correspondensiguientes funciones: comunidades autónomas.
a) Prestar apoyo técnico a la secretaría de 2. Le corresponde ejercer la Conferencia Sectorial alta inspección del Plan Sistema Nacional sobre Drogas, preparando y coordinando todos los asuntos que hayan de someterse a este órgano colegiado, velar por Salud que la ejecución Ley 16/2003, de todos sus acuerdos, así como ejercer 28 de mayo, asigna al Estado y asumir la coordinación en este ámbito entre órganos y unidades de los distintos departamentos ministeriales. las relaciones
b) Impulsar y coordinarcon las diferentes administraciones e instituciones tanto públicas como privadas, incluyendo las organizaciones no gubernamentales, que desarrollen actividades en el ámbito del Plan Nacional sobre Drogas, prestándoles el apoyo técnico necesario. de
c) Elaborar y proponer las Estrategias Nacionales sobre Adicciones y los PlanesAcción que las desarrollen, coordinando los órganos del Departamento con las Administraciones públicas y los agentes sociales la ejecución de comunidades autónomas, las actuaciones corporaciones locales y medidas tendentes a la consecución de los objetivos que en ellos se señalen. otras entidades y
d) Fomentar, analizar, proponergestionar, en organizaciones sanitarias, así como ejercer el ámbito seguimiento de sus competencias, programas los actos y disposiciones de prevención e incorporación social las comunidades autónomas en el ámbito materia de las adicciones, sanidad en coordinación con las distintas instituciones que participan en el Plan Nacional sobre Drogas. la
e) Impulsarparticipación de las empresas y entidades sociales en las actividades del Plan Nacional sobre Drogas, promoviendo Secretaría General Técnica.
3. A la incorporación Dirección General de programas sobre adicciones al Ordenación Profesional le corresponde el desarrollo de la responsabilidad social corporativa. las siguientes funciones:
f) Impulsar y fomentar a) Ordenar la formación dirigida a profesionales sanitarios y a otros profesionales en los distintos aspectos relacionados con las adicciones, sin perjuicio de las competencias regulación de las comunidades autónomas. profesiones sanitarias.
g) Fomentar en el ámbito estatal b) Gestionar la actividad investigadora formación especializada en materia de drogas y ciencias de otras adicciones la salud y proponer las líneas prioritarias de investigación que se consideren de interés para los objetivos del Plan el Registro Nacional sobre Drogas. de
h) Promover sistemasevaluación Especialistas en Formación.
c) Expedir el título de programas especialista en Ciencias de prevención, tratamiento e incorporación social y aplicar estos sistemas a los programas y a las actividades financiadas con cargo al Plan Nacional sobre Drogas. la Salud.
i) Realizar y coordinar Téngase en el territorio español actividades de recogida y análisis cuenta que la modificación referida a la competencia en la expedición de datos y los títulos de difusión especialista en Ciencias de la información, tanto de carácter estadístico como epidemiológico, sobre Salud, establecida por el consumo art. 2.6 del Real Decreto 852/2021, de drogas y las toxicomanías, así como sobre otras adicciones, definiendo, a tales efectos, indicadores y criterios, actuando como Observatorio Español 5 de las Drogas y las Adicciones, sin perjuicio octubre de las competencias que 2021. BOE-A-2021-16232, entra en sus respectivos ámbitos territoriales puedan ejercer las comunidades autónomas sobre la materia, vigor el 1 de acuerdo con sus Estatutos enero de Autonomía. 2022, según determina su disposición final única.
j) Elaborar d) Ordenar y dirigir la encuesta estatal sobre coordinar el uso funcionamiento de drogas en la enseñanza secundaria y la encuesta domiciliaria sobre alcohol y drogas los órganos asesores del Ministerio de Sanidad en España y otras encuestas sobre drogas y adicciones, así como recoger y elaborar la información materia de los indicadores que componen formación sanitaria especializada.
e) Gestionar el Sistema Registro Estatal de información sobre Drogas y Adicciones. Profesionales Sanitarios.
k) Dirigir f) Ordenar y gestionar el Centro reconocimiento de Documentación del Plan Nacional sobre Drogas efectos profesionales a títulos extranjeros que sirve de referencia documental e informativa en habiliten para el campo ejercicio de las adicciones. profesiones sanitarias sobre
l) Coordinar el Sistema Español de Alerta TempranaNuevas Sustancias Psicoactivas, sus protocolos de actuación y la elaboración los que no tengan competencias los Ministerios de la información y alertas para su difusión Educación y actuar como interlocutor Formación Profesional y responsable del intercambio de información con el Sistema Universidades.
g) Efectuar propuestas de Alerta Temprana normativa básica sobre Nuevas Sustancias Psicoactivas recursos humanos del Sistema Nacional de la Unión Europea. Salud.
m) En colaboración con la Secretaría General Técnica, coordinar la posición nacional, participando en las reuniones de los organismos internacionales correspondientes, e intervenir en la aplicación de los acuerdos que se deriven de aquellas y, en especial, de las que se desarrollen en el marco de la cooperación en h) Ordenar el seno sistema de la Unión Europea, en materia acreditación de drogas, ejerciendo la coordinación general entre las Unidades formación continuada de los distintos departamentos ministeriales que lleven a cabo actuaciones en tales campos, sin perjuicio de las atribuciones que éstos tengan reconocidas profesionales y coordinar las actividades de la unidad Comisión de representación y actuación Formación Continuada del Estado en el exterior, atribuida al Ministerio Sistema Nacional de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Salud.
n) Servir como órgano estatal de comunicación con el Observatorio Europeo de las Drogas y i) Ejercer las Toxicomanías en el ejercicio funciones de las competencias que este tiene reconocidas en la normativa comunitaria, lo que se traduce Secretaría de manera concreta en ser el Punto Focal Español a nivel operativo. la
ñ) Colaborar engestión y administración de los recursos humanos, económicos y técnicos Comisión de la Delegación del Gobierno, con los órganos superiores o directivos Recursos Humanos del Departamento con competencias en los asuntos. Sistema Nacional de
o) Administrar, gestionar y enajenar, bajo la dirección y supervisiónla Mesa Salud.
j) Ejercer las funciones de Coordinación alta inspección del Sistema Nacional de Adjudicaciones, Salud.
k) Tramitar los bienes integrados acuerdos y convenios suscritos en el Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados, regulado por la Ley 17/2003, de 29 ámbito competencial de mayo, por la que se regula el Fondo Secretaría de bienes decomisados por tráfico ilícito Estado de drogas y otros delitos relacionados y prestar apoyo técnico y material a dicha Mesa. Sanidad con
p) Colaborarel Centro Directivo, dependiente del Ministerio de Justicia, encargado de la recuperación otras administraciones y gestión entidades públicas o privadas, realizando el seguimiento de activos, del modo y con los fines previstos mismos, sin perjuicio de lo establecido en el Real Decreto 948/2015, de 23 de octubre, por artículo 8.2.k).
l) Gestionar el que se regula la Oficina de Recuperación y Gestión Registro Nacional de Activos. Instrucciones Previas.
3. 4. De la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas Dirección General de Ordenación Profesional dependen las siguientes Subdirecciones Generales:
a) La Subdirección General de Coordinación de Programas, Formación y Ordenación Profesional, que desarrollará ejercerá las funciones detalladas en los párrafos d) a) a h) f) del apartado anterior.
b) La Subdirección General de Relaciones Institucionales, que desarrollará las funciones detalladas en los párrafos m) Cohesión y n) Alta Inspección del apartado anterior. Sistema Nacional de
c) La Subdirección GeneralGestión, Salud, que desarrollará ejercerá las funciones detalladas en los párrafos ñ) g) a p) l) del apartado anterior.
4. Se adscriben al Ministerio de Sanidad, a través de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, los siguientes órganos colegiados:
a) El Consejo Español de Drogodependencias y otras Adicciones, regulado por el Real Decreto 1113/2015, de 11 de diciembre.
b) La Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, con las competencias establecidas en la normativa específica reguladora del Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados.
c) La Comisión Técnica de Valoración de Actuaciones sobre Drogas, regulada por la Orden SCO/2036/2007, de 3 de julio.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de octubre de 2021 En vigor | BOE-A-2021-16232 | Leer | Qué cambió |
| 6 de agosto de 2020 | Texto original | Leer |


