Legislación › Resolución de 6 de agosto de 2020, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establece el procedimiento para la verificación de las capturas almacenadas y el control de la primera venta de coral rojo (Corallium Rubrum).
ANEXO III
ANEXO III
Comunicación de finalización del remanente de capturas.
Una vez finalizados los remanentes almacenados de coral rojo, se enviará una comunicación por correo electrónico a las siguientes direcciones:
Zona 1: Dependencia del Área funcional del MAPA de Girona y SGP,
e-mail: pesca.girona@correo.gob.es; inspeatun@mapa.es
Zonas 2 y 3: Área funcional del MAPA de Islas Baleares y SGP
e-mail: pesca.illesbalears@correo.gob.es; inspeatun@mapa.es
Zona 4: Dependencia del Área funcional del MAPA de Almería y SGP,
e-mail: inspesca.almeria@correo.gob.es; inspeatun@mapa.es
Zona 5: Dependencia del Área funcional del MAPA de Cádiz y SGP,
e-mail: pesca.cadiz@correo.gob.es; inspeatun@mapa.es
Dicho correo tendrá el siguiente contenido:
Asunto: Finalización remanente coral rojo.
Contenido: El pescador autorizado (Nombre, apellidos, DNI), a fecha de dd/mm/aaaa, declara haber finalizado el remanente de coral rojo almacenado.
Se adjunta hoja del cuaderno de registro justificativa de remanentes cero.


