Legislación › Ley 3/2020, de 27 de julio, de recuperación y protección del Mar Menor.
Disposición transitoria octava. Exigencia de los requisitos para la navegación en el Mar Menor.
Disposición transitoria octava. Exigencia de los requisitos para la navegación en el Mar Menor.
Para las embarcaciones que naveguen por el Mar Menor, las obligaciones impuestas por el artículo 64.3 serán exigibles en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley.
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