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Legislación › Ley 4/2021, de 13 de mayo, de Regulación y Coordinación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma.

Artículo 36. Derechos.

Artículo 36. Derechos.

Los derechos de los funcionarios de los servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento son los siguientes:

1. A una jornada de trabajo adaptada a las peculiaridades de los servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento.

2. A las distinciones y premios que se establezcan.

3. Los demás que se establezcan en las leyes, disposiciones reglamentarias de desarrollo o se deriven de los anteriores.

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