Legislación › Ley 4/2021, de 13 de mayo, de Regulación y Coordinación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma.
Artículo 36. Derechos.
Artículo 36. Derechos.
Los derechos de los funcionarios de los servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento son los siguientes:
1. A una jornada de trabajo adaptada a las peculiaridades de los servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento.
2. A las distinciones y premios que se establezcan.
3. Los demás que se establezcan en las leyes, disposiciones reglamentarias de desarrollo o se deriven de los anteriores.


