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Legislación › Ley 3/2021, de 20 de mayo, por la que se regula la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital y el Servicio Público Aragonés de Inclusión Social.

Disposición adicional quinta. Implementación de la aplicación informática.

Disposición adicional quinta. Implementación de la aplicación informática.

En el plazo máximo de dos meses desde la entrada en vigor de la presente ley se pondrá en funcionamiento la aplicación informática que debe servir de soporte a la tramitación telemática del procedimiento de reconocimiento de esta prestación regulado en esta ley.

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