Legislación › Real Decreto 45/2021, de 26 de enero, por el que se aprueban los Estatutos de la Fundación Pluralismo y Convivencia, F.S.P.
Artículo 16. Naturaleza y composición de la Junta Rectora.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de enero de 2021 y la del 28 de febrero de 2024.
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Artículo 16. Naturaleza y composición de la Junta Rectora.
1. La Junta Rectora es el superior órgano colegiado de ejecución de los acuerdos del Patronato.
2. La Junta Rectora de la Fundación estará compuesta por:
a) La persona titular de la Dirección de la Fundación, que asumirá su presidencia.
b) Tres patronas o patronos natos, uno de los cuales será la persona titular de la Subdirección Dirección General de Libertad Religiosa del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Cortes; y tres patronas o patronos electivos, nombrados todos ellos por el Patronato por un período de cuatro años, renovables. La pérdida de la condición de patrona o patrono implicará su sustitución, durante el tiempo que le restase, por quien lo sustituyera en el Patronato, tratándose de patronas o patronos natos; si fuera electivo la patrona o el patrono cesante, será sustituido por quien determine el Patronato.
c) La persona titular de la Secretaría de la Junta Rectora, con voz pero sin voto, que será designada por la persona titular de la Dirección de la Fundación entre los miembros de su equipo técnico.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 20 de febrero de 2025 En vigor | BOE-A-2025-3190 | Leer | Qué cambió |
| 28 de febrero de 2024 | BOE-A-2024-3790 | Leer | Qué cambió |
| 29 de enero de 2021 | Texto original | Leer |


