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Legislación › Real Decreto 45/2021, de 26 de enero, por el que se aprueban los Estatutos de la Fundación Pluralismo y Convivencia, F.S.P.

Artículo 22. Patrimonio de la Fundación.

Artículo 22. Patrimonio de la Fundación.

1. El patrimonio de la Fundación estará formado por todos los bienes, derechos y obligaciones susceptibles de valoración económica.

2. La Fundación deberá figurar como titular de todos los bienes y derechos que integren su patrimonio, los cuales se harán constar en su inventario y en el Registro de Fundaciones, y se inscribirán, además, en los registros públicos correspondientes conforme a la naturaleza de aquellos.

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