Legislación › Orden ISM/48/2021, de 25 de enero, por la que se establecen las normas reguladoras de la expedición de órdenes de pago a justificar.
Artículo 11. Estados de tesorería.
Artículo 11. Estados de tesorería.
Las Cajas pagadoras habrán de formular los estados de situación de tesorería en las primeras quincenas de los meses de enero, abril, julio y octubre y referidos al último día del trimestre inmediato anterior. Dichos estados de situación de tesorería, autorizados con las firmas del Jefe de la unidad administrativa y el Cajero pagador y formulados en modelo Anexo de la Orden de 1 de febrero de 1996 por la que se aprueba la instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado, se remitirán a la Subdirección General de Gestión Económica y Oficina Presupuestaria, que procederá a su examen y posterior remisión a la Intervención Delegada. Un ejemplar de los mismos será archivado en los Servicios de cada uno de los firmantes.


