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Legislación › Real Decreto 634/2021, de 26 de julio, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno.

Artículo 15. Departamento de Análisis y Estudios.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de julio de 2021 y la del 13 de enero de 2022. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (5 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 15. Departamento de Análisis y Estudios.
Bajo la dependencia de la persona titular de la Dirección del Gabinete, existirá el Departamento de Análisis y Estudios que contará con las siguientes Unidades:
a) Unidad de Estrategia. desarrollo.
b) Unidad de Desarrollo. comunicación con la ciudadanía.
Las dos unidades tendrán rango de Subdirección General.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de enero de 2022 En vigor BOE-A-2022-490 Leer Qué cambió
27 de julio de 2021 Texto original Leer

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