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Legislación › Real Decreto 641/2021, de 27 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a universidades públicas españolas para la modernización y digitalización del sistema universitario español en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

ANEXO II

ANEXO II

Tipos de actuaciones a desarrollar

Las actuaciones a desarrollar por las universidades beneficiarias deberán contribuir al incremento del 10 % respecto del nivel de 2019 del «índice de digitalización de las universidades». Estas actuaciones podrán ser desarrolladas individualmente por la propia universidad beneficiaria o mediante proyectos entre varias universidades. La orden de concesión de las subvenciones recogerá el importe que cada universidad beneficiaria deberá destinar a actuaciones colaborativas, dentro de las cuantías concedidas a cada una en el anexo I. Para la determinación de este importe, se tendrá en consideración el tamaño de cada universidad beneficiaria y el importe total concedido a cada universidad.

Las universidades beneficiarias deberán acometer inversiones en materia de digitalización y transformación digital en el ámbito docente, de gestión o de gobernanza, susceptibles de enmarcarse en alguna o en varias de las siguientes cuatro líneas de actuación:

Línea 1. Mejora de equipamiento digital. Se efectuarán intervenciones que supongan la modernización, adecuación y mejora de equipamiento e infraestructura tanto en Aulas Universitarias como en servidores para la docencia, así como acciones para la reducción de la brecha digital entre el profesorado, personal de administración de servicios y estudiantado.

Línea 2. Educación Digital. Se podrán financiar proyectos que acometan inversiones para la mejora de los entornos de aprendizaje digital, el diseño de procesos de soporte en docencia digital, servicios de supervisión y evaluación de procesos de enseñanza-aprendizaje, tales como:

– Plataformas de analíticas de aprendizaje, que permitan gestionar datos relacionados con los procesos de enseñanza para elaborar paneles de seguimiento de estudiantes, profesores, detección de estudiantes en riesgo de abandono, etc.

– Enriquecimiento de tecnologías educativas existentes que permitan el despliegue e integración en LMS (sistemas de gestión de la formación) universitarios de herramientas de soporte a la colaboración y participación en clase (ej. cuestionarios interactivos), herramientas mejoradas de producción y gestión de contenidos docentes, enriquecimiento mediante capas de valor añadido de soluciones básicas de videoconferencia (ej. classedu.com), o integración de herramientas de creación y reproducción de contenidos 3D, así como de realidad virtual y aumentada.

– Procedimientos digitales de educación personalizada que contribuyan a plantear itinerarios formativos alternativos o procesos de refuerzo educativo, en función de los conocimientos y el ritmo de aprendizaje de cada estudiante, así como desarrollar sistemas de recomendación que sugieren asignaturas o cursos de interés personalizados.

Línea 3. Contenidos y programas de formación. Se podrán financiar proyectos de desarrollo de materiales, contenidos, recursos y repositorios, dirigidos a diversos fines: a mejorar la oferta digital para la comunidad estudiantil, a cubrir dominios estratégicos con el fin de organizar programas formativos novedosos, a la formación del profesorado en competencias digitales, a atender necesidades de recualificación profesional, tales como:

– Plataformas de formación en línea que permitan ofrecer formación a lo largo de la vida, mediante, tanto el desarrollo de cursos en distintos formatos (MOOC, SPOC,...) como la gestión de los mismos y que podrían enriquecerse incluyendo sistemas inteligentes de catalogación, búsqueda y recomendación automatizada en base a los perfiles de los usuarios, integrándose con sistemas de reconocimiento de logros, así como como con herramientas de analítica de datos sobre el seguimiento de los cursos.

– Repositorios de recursos abiertos de aprendizaje, que permitan a los docentes la creación en línea de contenidos de aprendizaje, así como la edición y composición de cursos, incorporando funcionalidades de almacenamiento, catalogación y búsqueda inteligente de recursos disponibles, fomentando la reutilización de los mismos, y permitiendo la compatibilidad con objetos generados por otras herramientas de contenidos interactivos.

– Programas de certificación y formación en competencias digitales que permitan a los distintos colectivos (PDI, PAS, estudiantes, investigadores y ciudadanía en general) mejorar su nivel de competencia digital y acreditar las competencias digitales.

– Impulso al diseño de proyectos formativos interdisciplinares, que desarrollen materiales y recursos digitales en la confluencia entre disciplinas, combinando temáticas de ámbito tecnológico y dominios académicos no tecnológicos (humanidades, ciencias sociales, del comportamiento, etc.), de manera que sirvan como soporte para la oferta de paquetes formativos extracurriculares, programas de postgrado, másteres, títulos propios, etc.

Línea 4. Plataformas de servicios digitales. Se podrán financiar proyectos que apuesten por el desarrollo de soluciones digitales orientadas a la mejora y adaptación de otros servicios de gestión universitaria, no centrados necesariamente en la docencia:

– Procedimientos de certificación digital, alineados con los estándares e iniciativas internacionales auspiciadas por la Comisión Europea como EuroPASS, European Digitals Credentials Infraestruture (EDCI), European Blockchain Service Infraestructure (EBSI).

– Puntos de centralización de recursos de información universitaria que permitan integrar información del Sistema Universitario Español para su análisis y consulta, tales como portales sobre la gestión de investigación de las universidades.

– Servicios de intermediación interuniversitarios que faciliten la interoperabilidad entre universidades mediante medios digitales, incluyendo aspectos orientados a mejorar la experiencia del estudiantado, tales como, (i) plataformas de gestión de la movilidad de estudiantes tanto nacional (SICUE) como internacional (Erasmus Without Papers); (ii) herramientas para la gestión del traslado de expedientes EBAU para estudiantes que se matriculan en un distrito distinto; (iii) gestión integral del expediente digital del estudiante, incluyendo su certificación y traslado; (iv) herramientas para la gestión de títulos interuniversitarios, en donde un mismo título puede ser impartido entre varias universidades, etc.

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