Legislación › Ley Foral 13/2021, de 30 de junio, de Fundaciones de Navarra.
Artículo 34. Funciones del Vicepresidente o de la Vicepresidenta.
Artículo 34. Funciones del Vicepresidente o de la Vicepresidenta.
Los estatutos podrán prever la existencia de este cargo y las funciones del mismo, pero en todo caso el patrono o patrona que ejerza el mismo desempeñará, por el orden de su nombramiento si fueran varias personas las designadas, las funciones de sustitución del Presidente o Presidenta en los casos de vacante, ausencia, enfermedad o incompatibilidad.


