Legislación › Real Decreto 794/2021, de 14 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las asociaciones de criadores oficialmente reconocidas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para la conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas, y se convoca la selección de entidad colaboradora para los ejercicios 2022 a 2025.
ANEXO II
Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de septiembre de 2021 y la del 21 de julio de 2023.
Tachado: lo que se quitó (11 palabras). Subrayado: lo que se añadió (14 palabras).
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ANEXO II
Contenido mínimo del modelo de solicitud de la subvención
Datos del solicitante
– Nombre o razón social.
– NIF/NIE/Pasaporte.
– Domicilio.
– Teléfono.
– Correo electrónico.
Datos del representante legal en España
– Nombre y apellidos.
– NIF/NIE/pasaporte.
– Domicilio.
– Teléfono.
– Correo electrónico.
Declaración responsable de que:
– Son ciertos cuantos datos figuran en la solicitud.
– No se halla incursa en ninguna de las prohibiciones contempladas en las bases reguladoras.
– Que no se halla incursa en los supuestos de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, salvo los relativos a estar al corriente de sus obligaciones tributarias, y no son deudores por procedencia de reintegro de cualquier subvención pública.
– Cumple los requisitos exigidos para obtener la condición de beneficiaria, y se compromete a aportar, en el trámite de audiencia, la documentación exigida en las bases reguladoras.
– Que cumple la condición de condición de PYME, según de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.52 y anexo I del Reglamento (CE) 702/2014, (UE) 2022/2472, de la Comisión, de 25 14 de junio diciembre de 2014 (y sus futuras modificaciones) 2022.
– Que no tiene consideración de empresa en crisis ni tiene órdenes de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
– Que se compromete a comunicar otras subvenciones solicitadas o concedidas para los mismos fines y sus correspondientes cuantías, por las Administraciones Públicas, entes públicos adscritos o dependientes de las mismas, así como compromiso a comunicar de futuras subvenciones.
En el momento de la presente solicitud:
• No ha solicitado ni obtenido subvenciones o ayudas para la misma finalidad relacionadas con esta solicitud y en caso de que se soliciten u obtengan con posterioridad a la presentación de la solicitud, se compromete a comunicarlo inmediatamente al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a efectos de resolver sobre la solicitud presentada y en caso de haberse dictado resolución, para su modificación o bien,
• Ha solicitado y/u obtenido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad relacionadas con esta solicitud, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales. Información sobre otras ayudas para la misma finalidad.
– Se compromete a desarrollar las actuaciones durante los años para los que se concede la financiación.
– Que se compromete a cumplir los requisitos y las obligaciones exigidas en los artículos 4 y 5 del Real Decreto 794/2021 durante el periodo financiable y a comunicar cualquier variación en los datos de la solicitud.
Tipo de subvención y solicitud con la siguiente documentación:
– Cálculo de la cuantía máxima de la subvención que corresponda según criterios e indicadores del artículo 13, en su caso con informe del centro cualificado de genética, certificado del laboratorio de genética molecular animal, certificado de depósito de material genético y documentación acreditativa de la realización de exportación de animales para vida o material genético.
– Cuantía total de la subvención solicitada para los diversos conceptos financiables según el artículo 12 para cada ejercicio.
– Memoria explicativa de actividades a desarrollar en cada ejercicio presupuestario con la estimación de los costes.
– Certificado emitido por la entidad bancaria correspondiente donde se solicite el ingreso de la subvención, debiendo constar el código de cuenta y los datos necesarios para el ingreso.
– Autorización de transmisión, por medios telemáticos, de las certificaciones emitidas por la Administración General del Estado y requeridas al solicitante.
– El interesado autorizará al órgano instructor a consultar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria si se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias.
Información sobre datos de carácter personal
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación mantiene un compromiso de cumplimiento de la legislación vigente en materia de tratamiento de datos personales y seguridad de la información con el objeto de garantizar que la recogida y tratamiento de los datos facilitados se realiza conforme al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y al resto de normativa nacional vigente en la materia. Por este motivo, le ofrecemos a continuación información sobre la política de protección de datos aplicada al tratamiento de los datos de carácter personal derivado de las solicitudes de concesión de las subvenciones estatales destinadas a las asociaciones de criadores oficialmente reconocidas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para la conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas, en el ámbito de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios.
1. Responsable del tratamiento: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación:
Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios (dgpma@mapa.es).
Delegado de Protección de datos: bzn-delegadosPD@mapama.es.
2. Finalidad del tratamiento: Los datos personales incorporados serán utilizados exclusivamente para gestionar las solicitudes de concesión de las subvenciones estatales destinadas a las asociaciones de criadores oficialmente reconocidas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para la conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas, en el ámbito de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, y se conservarán mientras la legislación aplicable obligue a su conservación (Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español).
3. Legitimación del tratamiento: el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento, derivado de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4. Destinatarios de los datos: no se llevan a cabo cesiones de datos ni transferencias internacionales de datos, salvo las previstas legalmente (otros Ministerios u organismos dependientes de los mismos, como la Agencia Estatal de Administración Tributaria o el Instituto Nacional de la Seguridad Social, comunidades autónomas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y autoridades judiciales).
5. Derechos sobre el tratamiento de datos: Conforme a lo previsto en el RGPD podrá solicitar al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de su sede electrónica (https://sede.mapa.gob.es/), el acceso, rectificación y supresión de sus datos personales, la limitación y oposición al tratamiento de sus datos y a no ser objeto de decisiones automatizadas. Asimismo, si considera vulnerados sus derechos, podrá presentar una reclamación de tutela ante la Agencia Española de Protección de Datos (https://sedeagpd.gob.es/).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 21 de julio de 2023 En vigor | BOE-A-2023-16725 | Leer | Qué cambió |
| 16 de septiembre de 2021 | Texto original | Leer |


