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Legislación › Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias.

Decimoquinto. Infracciones y sanciones.

Decimoquinto. Infracciones y sanciones.

1. Se delega en el titular de la Secretaría General de Infraestructuras el ejercicio de la competencia atribuida al titular del Departamento para imponer sanciones por infracciones muy graves conforme a lo establecido en el artículo 44.1 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras.

2. Se delega el ejercicio de la competencia atribuida al titular del Departamento para designar instructor para los procedimientos sancionadores que se indican:

A) En los titulares de las Direcciones Generales de la Marina Mercante y de Transporte Terrestre, para los procedimientos sancionadores relativos a las ayudas o subvenciones convocadas y otorgadas con cargo a los créditos que son competencia de la respectiva Dirección General.

B) En los titulares de las Direcciones Generales de Aviación Civil y de la Marina Mercante, para los procedimientos sancionadores relativos a subvenciones al transporte aéreo y marítimo, respectivamente, de mercancías con origen o destino en territorios extrapeninsulares otorgadas con cargo a créditos del Departamento.

3. El titular de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana delega el ejercicio de las siguientes competencias:

A) En los titulares de las Direcciones Generales de Aviación Civil y de la Marina Mercante, la incoación del procedimiento sancionador y la imposición de sanciones por infracciones en materia de subvenciones al transporte aéreo y marítimo, respectivamente, otorgadas para residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y de las Illes Balears y en las Ciudades de Ceuta y Melilla, y para familias numerosas.

B) En el titular de la Dirección General de Transporte Terrestre, la incoación del procedimiento sancionador y la imposición de sanciones por infracciones en materia de ayudas o subvenciones convocadas y otorgadas con cargo a los créditos que son competencia de dicha Dirección General.

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