Legislación › Real Decreto 948/2021, de 2 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas estatales destinadas a la ejecución de proyectos de inversión dentro del Plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
ANEXO IV
ANEXO IV
Información mínima de la solicitud
1. La solicitud contendrá la siguiente información mínima:
a) La identificación de la persona física o jurídica, o agrupación de personas físicas o jurídicas, o sin personalidad, consorcios u otras formas de colaboración público-privada, solicitante, su NIF, y los datos del representante.
b) Documentación que acredite el presupuesto de la ejecución de la inversión.
c) Una declaración del solicitante relativa a todas las ayudas de minimis solicitadas o recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso que estén sujetas al Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, o a otros reglamentos de minimis, u otras ayudas solicitadas o percibidas para el mismo objeto y finalidad.
d) Identificación del código REGA o REGEPA de la explotación, que, en las colectivas y en las promovidas por consorcios u otra forma de colaboración público-privada, comprenderá la relación de códigos REGA o REGEPA que se van a beneficiar de la inversión.
e) Si se da la circunstancia de titularidad compartida o la consideración de joven agricultor o ambas.
f) Memoria descriptiva del proyecto de inversión, indicando al menos:
1.º Si se trata de una inversión individual o colectiva;
2.º Identificación del programa de apoyo y actuación o actuaciones solicitadas;
3.º El número y la tipología de inversiones a realizar;
4.º Cuantía del proyecto de inversión, coste subvencionable y ayuda solicitada;
5.º En el caso de las inversiones correspondientes al Programa de apoyo para la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero, recogerá al menos, la información que se relaciona en el artículo 22.3.
g) Si se trata de un plan de inversión conjunto. En caso afirmativo la información que se específica en la letra f) se indicará para cada una de las solicitudes de proyectos que integran el plan de inversión.
h) Una declaración responsable del solicitante del cumplimiento del principio del cumplimiento DNSH, de acuerdo con los términos previstos en el artículo 6.3.
i) Una declaración responsable sobre el cumplimiento de todas las obligaciones exigibles en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En particular, esta declaración supone el conocimiento sobre el cumplimiento de las siguientes obligaciones (de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 2021/241):
Sujeción a los controles de los órganos de control europeos (Comisión, Tribunal de Cuentas Europeo, OLAF y Fiscalía Europea).
Normas sobre conservación de la documentación.
Normas sobre información y comunicación.
Normas de lucha contra el fraude y corrupción.
2. Adicionalmente, la solicitud incluirá en cada caso, al menos, la información siguiente:
a) Para los proyectos de inversión recogidos en el programa de apoyo a la transformación integral y modernización de invernaderos:
i. Ubicación SIGPAC de la finca, polígono, parcela recinto.
ii. Si se trata de grandes empresas, deberán presentar, además, la documentación acreditativa, que podrá consistir en una declaración responsable, de que el importe de la ayuda solicitada corresponde a los costes netos extras de ejecutar la inversión en la zona en cuestión, frente a la situación contrafactual en la que no hay ayuda. Deberá utilizarse el método explicado en el punto (96) de las Directrices de la Unión Europea aplicables a las ayudas estatales en los sectores agrícola y forestal y en las zonas rurales de 2014 a 2020 (2014/C 204/01) junto con las intensidades máximas de ayuda como tope.
b) Para los proyectos de inversión recogidos en el programa de apoyo a las inversiones en eficiencia energética y energías renovables (biogás y biomasa agrícola):
i. A los efectos de determinar la intensidad máxima de la ayuda (artículo 21.1):
1.º Justificación de tipo de empresa (pequeña, mediana).
2.º Lugar de realización de la inversión (zonas asistidas).
ii. En las solicitudes de las inversiones relativas a eficiencia energética, justificación del ahorro energético recogido en el apartado 2 del artículo 19 y marca, modelo y precio neto, sin IVA, de las nuevas máquinas o equipos a adquirir. En todo caso, se acompañará una factura pro forma.
iii. En el caso de inversiones elegibles dentro de la actuación 1, según el artículo 20, punto 1, apartados c) y d):
– Proyecto o memoria técnica de diseño (según proceda para la actuación) que se haya aportado al órgano competente de la comunidad autónoma para la obtención del acta de puesta en servicio y/o Certificado de la instalación térmica.
– En caso de que los equipos finalmente instalados no sean los mismos que se hicieron constar en la solicitud deberá presentarse, para el equipo definitivamente instalado, una acreditación por parte del fabricante del equipo del cumplimiento de los requisitos de eficiencia energética estacional y emisiones para el combustible que se vaya a utilizar, que no podrán ser menos exigentes que los definidos en el Reglamento de Ecodiseño.
– Para las calderas de menos de 1 MW la solicitud se acompañará de una acreditación por parte del fabricante del equipo del cumplimiento de los requisitos de eficiencia energética estacional y emisiones para el combustible que se vaya a utilizar que no podrán ser menos exigentes que los definidos en el Reglamento (UE) 2015/1189 de la Comisión, de 28 de abril de 2015.
– Una declaración por parte del beneficiario comprometiéndose a mantener, durante un plazo de 5 años, un registro documental suficiente que permita acreditar que el combustible empleado en el equipo dispone de un certificado otorgado por una entidad independiente acreditada relativo al cumplimiento de la clase A1 según lo establecido en la norma UNE-EN-ISO 17225-2, de la clase 1 de la norma UNE-EN-ISO 17225-4, de la clase A1 de la norma 164003 o de la clase A1 de la norma 164004.
c) Para los proyectos de inversión recogidos en el programa de apoyo para la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero:
i. Marca, modelo y precio neto, sin IVA, de las nuevas máquinas o equipos a adquirir. En todo caso, se acompañará una factura pro forma.
ii. Objetivo u objetivos de la adquisición de esa maquinaria de acuerdo con los establecido en el artículo 23.2 c).
iii. El compromiso escrito del solicitante de proceder a la comunicación inmediata, en el plazo improrrogable de un mes, a la autoridad competente de la comunidad autónoma, y devolución íntegra de la ayuda concedida, en caso de venta de la maquinaria o equipo agrario, en los cinco años con posterioridad al otorgamiento, según el procedimiento previsto en el artículo 42 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
iv. Relación de la maquinaria existente en la explotación, y declaración responsable de compatibilidad de las máquinas. Así mismo se deberá aportar un certificado del fabricante o comercializador de la máquina, donde se recoja que ha comprobado la compatibilidad de las máquinas a adaptar existentes en la explotación, o la compatibilidad con otros equipos si se trata de equipos auxiliares.
v. Declaración responsable de asistencia a un curso de puesta en marcha de al menos 3 horas de la utilización de esa máquina, equipo o componente, o de la agricultura de precisión y optimización de equipos, que podrá organizar el comercializador, las organizaciones profesionales agrarias u otros agentes del medio rural.


