Legislación › Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Artículo 25 bis. Bonificación general.
Artículo 25 bis. Bonificación general.
Con posterioridad a las deducciones y bonificaciones reguladas por la normativa del Estado se aplicará, sobre la cuota resultante, una bonificación autonómica del 100% de dicha cuota si esta es positiva.
Se añade por el art. 1.3 del Decreto-ley 7/2022, de 20 de septiembre. BOJA-b-2022-90287


