Legislación › Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Artículo 23. Escala autonómica.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2022 y la del 22 de septiembre de 2022.
Tachado: lo que se quitó (14 palabras). Subrayado: lo que se añadió (14 palabras).
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Artículo 23. Escala autonómica.
La escala autonómica aplicable a la base liquidable general será la siguiente:
Base liquidable
–
Hasta euros
·
Cuota íntegra
–
Euros
·
Resto base liquidable
–
Hasta euros
·
Tipo aplicable
–
Porcentaje
·
0,00 ·
0,00 ·
12.450,00 13.000,00 ·
9,50 9,50% ·
12.450,00 13.000,00 ·
1.182,75 1.235,00 ·
7.750,00 8.100,00 ·
12,00 12,00% ·
20.200,00 21.100,00 ·
2.112,75 2.207,00 ·
15.000,00 14.100,00 ·
15,00 15,00% ·
35.200,00 ·
4.362,75 4.322,00 ·
24.800,00 ·
18,50 18,50% ·
60.000,00 ·
8.950,75 8.910,00 ·
En adelante ·
22,50 22,50% ·
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de septiembre de 2022 En vigor | BOE-A-2022-90287 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2022 | Texto original | Leer |


