Legislación › Ley 4/2021, de 25 de junio, de Medidas Urgentes de Agilización y Simplificación de Procedimientos para la Gestión y Ejecución de los Fondos Europeos de Recuperación.
Artículo 11. Régimen de autorización de gastos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de julio de 2021 y la del 22 de marzo de 2024.
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Artículo 11. Régimen de autorización de gastos.
La autorización de los gastos vinculados a la concesión de subvenciones y ayudas públicas financiables con fondos europeos corresponde a los titulares de las consejerías y organismos autónomos, cualquiera que sea su importe. (Suprimido)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de marzo de 2024 En vigor | BOE-A-2024-10149 | Leer | Qué cambió |
| 1 de julio de 2021 | Texto original | Leer |


