LexTotal

Legislación › Ley 4/2021, de 25 de junio, de Medidas Urgentes de Agilización y Simplificación de Procedimientos para la Gestión y Ejecución de los Fondos Europeos de Recuperación.

Artículo 11. Régimen de autorización de gastos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de julio de 2021 y la del 22 de marzo de 2024. Tachado: lo que se quitó (33 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 11. Régimen de autorización de gastos.
La autorización de los gastos vinculados a la concesión de subvenciones y ayudas públicas financiables con fondos europeos corresponde a los titulares de las consejerías y organismos autónomos, cualquiera que sea su importe. (Suprimido)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
22 de marzo de 2024 En vigor BOE-A-2024-10149 Leer Qué cambió
1 de julio de 2021 Texto original Leer

← Artículo 10 Índice Artículo 12 →