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Legislación › Ley 5/2021, de 23 de julio, del Régimen Administrativo y Fiscal del Juego en Castilla-La Mancha.

Disposición transitoria segunda. Autorizaciones de instalación de los establecimientos de hostelería y de explotación de máquinas de juego.

Disposición transitoria segunda. Autorizaciones de instalación de los establecimientos de hostelería y de explotación de máquinas de juego.

La autorización de instalación de los establecimientos de hostelería y de explotación de máquinas de juego concedidas al amparo de la legislación anterior, serán respetadas durante su plazo de vigencia, sometiéndose su posterior renovación a los requisitos establecidos en la presente ley y sus normas de desarrollo.

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