Legislación › Ley 5/2021, de 26 de octubre, sobre enseñanza de religión y sus alternativas.
Artículo único.
Artículo único.
En todos los niveles educativos de la Comunidad Autónoma de La Rioja en Educación Infantil, Primaria, Secundaria y Bachillerato, la asignatura específica de Religión y sus alternativas tendrán una carga lectiva máxima correspondiente a la mínima establecida, con carácter prescriptivo, en la normativa básica de ámbito estatal.


