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Legislación › Orden UNI/1231/2021, de 5 de noviembre, por la que se aprueba la política de seguridad de la información en el ámbito de la administración electrónica y de protección de datos y se crea la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Universidades.

Artículo 9. Las personas responsables del tratamiento.

Artículo 9. Las personas responsables del tratamiento.

1. Les corresponde determinar los fines y medios del tratamiento y aplicar las medidas técnicas y organizativas apropiadas a fin de garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo para los derechos y libertades de las personas, a propuesta de la CMAD o, en su caso, del responsable o responsables de seguridad de la información, teniendo en cuenta el estado de la técnica, los costes de aplicación, y la naturaleza, el alcance, el contexto y los fines del tratamiento, conforme a lo exigido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 27 de abril de 2016, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre y el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero.

2. Asimismo, es el responsable de la transmisión de las obligaciones al encargado del tratamiento y la verificación del cumplimiento de estas.

3. Cada órgano superior o directivo del Ministerio de Universidades, así como cada organismo público dependiente del departamento, a los que conforme al artículo 1 les sea de aplicación esta PPDSI, designará a las personas responsables del tratamiento de acuerdo con su propia organización interna.

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