Legislación › Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, por el que se regulan la evaluación y la promoción en la Educación Primaria, así como la evaluación, la promoción y la titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato y la Formación Profesional.
Artículo 15. Incorporación a un Ciclo Formativo de Grado Básico.
Artículo 15. Incorporación a un Ciclo Formativo de Grado Básico.
Los equipos docentes podrán proponer que, en el curso 2022-2023, se incorporen al primer curso de un Ciclo Formativo de Grado Básico aquellos alumnos cuyo perfil académico y vocacional lo aconseje, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que tengan cumplidos quince años, o los cumplan durante el año natural en curso.
b) Que hayan cursado el tercer curso de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso.


