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Orden HFP/1335/2021, de 1 de diciembre, por la que se desarrollan para el año 2022 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
En vigor Ministerio de Hacienda y Función Pública · Publicada el 2 de diciembre de 2021 · Último cambio el 25 de abril de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Actividades incluidas en el método de estimación objetiva y en el régimen especial simplificado.
- Artículo 2. Actividades incluidas en el método de estimación objetiva.
- Artículo 3. Magnitudes excluyentes.
- Artículo 4. Aprobación de los signos, índices o módulos.
- Artículo 5. Plazos de renuncias o revocaciones al método de estimación objetiva.
- Artículo 6. Plazos de renuncias o revocaciones al régimen especial simplificado.
- Disposición adicional primera. Reducción en 2022 del rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva. 3 redacciones · cambió el 25/04/2023
- Disposición adicional segunda. Índices de rendimiento neto aplicables en 2022 por determinadas actividades agrícolas.
- Disposición adicional tercera. Porcentajes aplicables en 2022 para el cálculo de la cuota devengada por operaciones corrientes en el régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido para determinadas actividades ganaderas afectadas por crisis sectoriales.
- Disposición adicional cuarta. Reducción en 2022 del rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de la cuota devengada por operaciones corrientes del régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido para actividades económicas desarrolladas en el término municipal de Lorca.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III


