Legislación › Real Decreto 1077/2021, de 7 de diciembre, por el que se regulan los principios generales y la organización del sistema de información contable de la Seguridad Social.
Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación.
Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación.
Lo dispuesto en este real decreto será de aplicación a las entidades gestoras, servicios comunes de la Seguridad Social y a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, en su función pública de colaboración en la gestión de la Seguridad Social, así como a sus centros mancomunados.


