Legislación › Ley 1/2021, de 23 de junio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2021.
Artículo 3. Créditos iniciales y financiación de los presupuestos de los organismos autónomos.
Artículo 3. Créditos iniciales y financiación de los presupuestos de los organismos autónomos.
En los estados de gastos del presupuesto de los organismos autónomos, se aprueban créditos por los siguientes importes:
| Organismos autónomos | Euros |
|---|---|
| Boletín Oficial de la Región de Murcia. | 2.106.516 |
| Instituto Murciano de Acción Social. | 318.060.336 |
| Servicio Regional de Empleo y Formación. | 94.783.053 |
| Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Alimentario. | 12.652.859 |
| Agencia Tributaria de la Región de Murcia. | 23.809.831 |
| Total. | 451.412.595 |
Los créditos anteriores se financiarán con los derechos económicos a liquidar durante el ejercicio, que se estiman en un importe igual a los créditos consignados.


