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Legislación › Ley 1/2021, de 23 de junio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2021.

Artículo 30. Retribuciones del personal eventual.

Artículo 30. Retribuciones del personal eventual.

En el ejercicio 2021, las retribuciones del personal eventual no experimentarán incremento alguno respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2020.

Las retribuciones del personal eventual no superarán en ningún caso las correspondientes al cargo de director general de la Administración Regional, excluida la antigüedad que pudieran tener reconocida.

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