LexTotal

Legislación › Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.

Disposición adicional vigésima primera. Modificaciones de las plantillas de personal estatutario de los Centros y Servicios sanitarios de organismos dependientes de la Administración General del Estado.

Disposición adicional vigésima primera. Modificaciones de las plantillas de personal estatutario de los Centros y Servicios sanitarios de organismos dependientes de la Administración General del Estado.

Las modificaciones de las plantillas de personal estatutario de los Centros y Servicios Sanitarios de organismos dependientes de la Administración General del Estado que supongan incrementos netos del número de plazas o del coste de las mismas, o la transformación de plazas de personal sanitario en plazas de personal de gestión y servicios o viceversa, serán aprobadas previo informe favorable del Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.

← Disposición adicional vigésima Índice Disposición adicional vigésima segunda →