Legislación › Ley 5/2021, de 5 de noviembre, reguladora del Fondo de Cooperación Municipal de los Municipios y Entidades Locales Menores de la Comunitat Valenciana.
Artículo 10. Comisión de Seguimiento del Fondo de Cooperación Municipal.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 11 de noviembre de 2021 y la del 1 de enero de 2024.
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Artículo 10. Comisión de colaboración y coordinación Seguimiento del Fondo de Cooperación Municipal.
1. Se crea la Comisión de colaboración y coordinación Seguimiento del Fondo de Cooperación Municipal de la Comunitat Valenciana, que es el órgano de participación encargado de la implementación, el seguimiento y el control de la ejecución anual del Fondo de Cooperación Municipal de la Comunitat Valenciana.
2. Esta comisión está adscrita al departamento de la Generalitat con competencias en administración local.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2024 En vigor | BOE-A-2024-2666 | Leer | Qué cambió |
| 11 de noviembre de 2021 | Texto original | Leer |


