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Legislación › Orden SND/133/2021, de 17 de febrero, sobre las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de la República Federativa de Brasil y la República de Sudáfrica a su llegada a España, durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

no

Téngase en cuenta que se mantienen las condiciones de cuarentena establecidas por la presente Orden y se amplía a las personas procedentes de otros países de riesgo, por la Orden SND/181/2021, de 2 de marzo, desde las 00:00 horas del 8 de marzo de 2021 por un periodo inicial de catorce días naturales, pudiendo ser prorrogada. BOE-A-2021-3310

La última prórroga de la citada Orden, establecida por los apartados primero y tercero de la Orden SND/363/2021, de 16 de abril, finalizó a las 24:00 horas del 3 de mayo de 2021, por lo que debe entenderse que esta norma ha perdido su vigencia.

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