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Orden HAC/134/2021, de 17 de febrero, de delegación de competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado.
En vigor Ministerio de Hacienda · Publicada el 18 de febrero de 2021 · Último cambio el 31 de diciembre de 2021 · Ver en el BOE
Índice
- no 2 redacciones · cambió el 31/12/2021
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Fijación de límites.
- Artículo 2. Delegación de competencias por la persona titular del Departamento en relación con los límites fijados.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Delegación de competencias sobre asuntos propios de las Secretarías de Estado.
- Artículo 4. Delegación de competencias en materia de recursos humanos.
- Artículo 5. Delegación de competencias en materia de retribuciones y asistencias.
- Artículo 6. Delegación de competencias en materia de representantes en diversos órganos.
- Artículo 7. Delegación de competencias en materia de gestión económica y presupuestaria.
- Artículo 8. Delegación de competencias en materia de Patrimonio del Estado.
- Artículo 9. Delegación de competencias en materia de ejecución de sentencias.
- Artículo 10. Delegación de competencias en materia de revisión de actos en vía administrativa, recursos, reclamaciones y derecho de petición.
- Artículo 11. Delegación de competencias en materia de ejercicio de acciones.
- Artículo 12. Delegación de competencias en materia de consorcios de las zonas francas.
- Artículo 13. Delegación de competencias en el ámbito de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda.
- Artículo 14. Delegación de competencias en materia de publicaciones.
- Artículo 15. Delegación de competencias en otras materias.
- CAPÍTULO III
- Artículo 16. Delegación de competencias en materia de revisión de actos en vía administrativa, recursos administrativos y ejecución de sentencias.
- Artículo 17. Delegación de competencias en materia de gestión económica y financiera.
- Artículo 18. Delegación de competencias en otras materias.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 19. Delegación de competencias en materia de revisión de actos en vía administrativa, recursos administrativos y ejecución de sentencias.
- Artículo 20. Delegación de competencias en materia de gestión económica y financiera.
- Artículo 21. Delegación de competencias en otras materias.
- CAPÍTULO V
- Artículo 22. Delegación de competencias en materia de comisiones de servicio con derecho a indemnización.
- Artículo 23. Delegación de competencias en materia de recursos humanos.
- Artículo 24. Delegación de competencias en materia disciplinaria.
- Artículo 25. Delegación de competencias en materia de recursos.
- Artículo 26. Delegación de competencias en materia de archivos y publicaciones.
- Artículo 27. Delegación de competencias en materia de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
- Disposición final primera. Ejercicio de competencias delegadas.
- Disposición final segunda. Eficacia.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III


