Legislación › Circular 2/2021, de 10 de febrero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología y condiciones del etiquetado de la electricidad para informar sobre el origen de la electricidad consumida y su impacto sobre el medio ambiente.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Esta Circular es de aplicación a:
a) Las empresas comercializadoras de electricidad.
b) Los consumidores de energía eléctrica que pretendan informar o dar a conocer el origen de la electricidad que han consumido.


