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Ley 8/2020, de 16 de octubre, por la que se crea la reserva estratégica de productos sanitarios en Castilla-La Mancha.
En vigor Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha · Publicada el 24 de febrero de 2021 · Último cambio el 21 de marzo de 2024 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 3. Reserva estratégica de material sanitario.
- CAPÍTULO III
- Artículo 4. Existencias mínimas.
- Artículo 5. Obligaciones generales de los centros, servicios y establecimientos sanitarios, sociosanitarios y sociales.
- Artículo 6. Inspección.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 7. Corporación de Reservas Estratégicas de Material Sanitario.
- Artículo 8. Funciones.
- Artículo 9. Patrimonio y recursos.
- Artículo 10. Acuerdos de Colaboración.
- CAPÍTULO V
- Artículo 11. Procedimiento sancionador.
- Artículo 12. Infracciones muy graves.
- Artículo 13. Infracciones graves.
- Artículo 14. Infracciones leves.
- Artículo 15. Graduación de las sanciones.
- Artículo 16. Sanciones.
- Artículo 17. Órganos competentes para sancionar.
- Disposición adicional primera. Contratación de emergencia. 3 redacciones · cambió el 21/03/2024
- Disposición adicional segunda. Colaboración entre el Sescam y el Consejo de Colegios Oficiales de Farmacéuticos de Castilla-La Mancha.
- Disposición adicional tercera. Establecimiento de un registro para el seguimiento y vigilancia epidemiológica.
- Disposición final primera. Régimen sancionador por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención aplicables en Castilla-La Mancha ante el COVID-19.
- Disposición final segunda. Autorización de desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma


