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Legislación › Real Decreto 136/2021, de 2 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial.

Artículo 38. Recursos económicos.

Artículo 38. Recursos económicos.

Constituyen los fondos o ingresos del Colegio:

a) La cuota de inscripción, la cuota ordinaria y las cuotas extraordinarias de los Agentes colegiados y colegiadas, en la cuantía y términos que sean acordados por la Junta General a propuesta de la Junta Directiva.

b) Los rendimientos, de cualquier naturaleza, que produzcan las actividades, ajenas o directas, que integren el patrimonio del Colegio, así como los rendimientos de los fondos depositados en sus cuentas.

c) Las donaciones y subvenciones que se concedan al Colegio.

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