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Orden ISM/189/2021, de 3 de marzo, por la que se regula el Registro electrónico de apoderamientos de la Seguridad Social.
En vigor Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones · Publicada el 5 de marzo de 2021 · Último cambio el 5 de marzo de 2021 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Tipos de apoderamientos a inscribir en el registro.
- Artículo 3. Órganos competentes.
- Artículo 4. Poderdantes y apoderados.
- Artículo 5. Apoderamientos. Otorgamiento y otras actuaciones.
- Artículo 6. Inscripción de los apoderamientos.
- Artículo 7. Contenido del registro.
- Artículo 8. Plazo de vigencia de los apoderamientos inscritos en el registro.
- Artículo 9. Aceptación expresa del apoderamiento.
- Artículo 10. Renuncia y revocación del apoderamiento.
- Artículo 11. Consulta al registro por parte de los interesados y obtención de certificados de poderes registrados.
- Artículo 12. Protección de datos de carácter personal.
- Artículo 13. Aprobación de modelos.
- Disposición adicional primera. Representación en el Sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social.
- Disposición adicional segunda. Documentos normalizados de representación en materia de prestaciones.
- Disposición adicional tercera. No incremento de gasto público.
- Disposición transitoria única. Vigencia de anteriores apoderamientos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultades de aplicación.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV
- ANEXO V


