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Orden DEF/194/2021, de 8 de febrero, por la que se regula la contratación centralizada y se establece la composición y competencias de las Juntas de Contratación.
En vigor Ministerio de Defensa · Publicada el 6 de marzo de 2021 · Último cambio el 15 de junio de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 2. Constitución y estructura de las Juntas de Contratación.
- Artículo 3. Competencias de las Juntas de Contratación.
- Artículo 4. Composición de la Junta de Contratación del Ministerio de Defensa. 2 redacciones · cambió el 18/08/2021
- Artículo 5. Composición de la Junta de Contratación del Estado Mayor de la Defensa.
- Artículo 6. Composición de la Junta de Contratación del Ejército de Tierra.
- Artículo 7. Composición de la Junta de Contratación de la Armada.
- Artículo 8. Composición de la Junta de Contratación del Ejército del Aire.
- Artículo 9. Régimen de suplencias.
- Artículo 10. Técnicos y expertos independientes.
- Sección 2
- Artículo 11. Funcionamiento de las Juntas de Contratación.
- Artículo 12. El Pleno.
- Artículo 13. La Comisión Permanente.
- Artículo 14. Reuniones de las Juntas de Contratación.
- Sección 3
- Artículo 15. Secretarías de las Juntas de Contratación.
- Artículo 16. Secretarios de las Juntas de Contratación.
- CAPÍTULO III
- Artículo 17. Plan Anual de Contratación Centralizada del Ministerio de Defensa. 2 redacciones · cambió el 15/06/2023
- Artículo 18. Contratación fuera del alcance del Plan Anual de Contratación Centralizada del Ministerio de Defensa. 2 redacciones · cambió el 15/06/2023
- Artículo 19. Categorías del Plan Anual de Contratación Centralizada del Ministerio de Defensa.
- Artículo 20. Elaboración, seguimiento, control, y análisis de resultados, del Plan Anual de Contratación Centralizada del Ministerio de Defensa.
- Artículo 21. Aprobación y ejecución del Plan Anual de Contratación Centralizada del Ministerio de Defensa.
- Artículo 22. Control del Plan Anual de Contratación Centralizada del Ministerio de Defensa.
- Artículo 23. Análisis del Plan Anual de Contratación Centralizada del Ministerio de Defensa.
- Disposición adicional primera. Delegación de competencias. 2 redacciones · cambió el 15/06/2023
- Disposición adicional segunda. Gestión del gasto.
- Disposición adicional tercera. No incremento del gasto público.
- Disposición transitoria única. Remisión de las fichas del Plan Anual de Contratación Centralizada del Ministerio de Defensa.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Facultades de aplicación.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO


