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Legislación › Orden INT/229/2021, de 8 de marzo, por la que se establece el procedimiento para el pago por los sujetos pasivos sustitutos del contribuyente de la tasa por anotación del resultado de la inspección técnica de vehículos.

Artículo 7. Procedimiento de comunicación de la tasa al Registro de Vehículos.

Artículo 7. Procedimiento de comunicación de la tasa al Registro de Vehículos.

Para poder realizar la anotación del resultado de la inspección técnica en el Registro de Vehículos, los sujetos pasivos sustitutos del contribuyente tendrán que introducir, necesariamente y con carácter previo, en el sistema informático, un número de tasa válido.

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