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Legislación › Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema eléctrico.

Artículo 4. Definición de los periodos horarios.

Artículo 4. Definición de los periodos horarios.

A efectos de la aplicación de esta metodología, los periodos horarios que corresponden a cada segmento tarifario de los cargos son los definidos en el artículo 7 de la Circular 3/2020, de 15 de enero, correspondiendo a cada segmento tarifario de cargos determinados en el artículo 3 los mismos periodos horarios que los establecidos para su peaje de transporte y distribución respectivo.

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