Legislación › Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa.
Artículo 17. Efectos.
Artículo 17. Efectos.
1. Las declaraciones responsables y las comunicaciones permitirán el reconocimiento o ejercicio de un derecho o bien el inicio de una actividad, desde el día de su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tengan atribuidas las Administraciones públicas.
2. Únicamente será exigible, bien una declaración responsable, bien una comunicación, para iniciar una misma actividad u obtener el reconocimiento de un mismo derecho o facultad para su ejercicio, sin que sea posible la exigencia de ambas acumulativamente.


