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Legislación › Orden TED/260/2021, de 18 de marzo, por la que se adoptan medidas de acompañamiento a las instalaciones cuyos costes de explotación dependen esencialmente del precio del combustible durante el período de vigencia del estado de alarma debido a la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

ANEXO I

ANEXO I

Parámetros retributivos empleados para la revisión del valor de la retribución a la operación distintos de los establecidos en la Orden TED/171/2020, de 24 de febrero

a) Valor del precio del mercado eléctrico estimado para el periodo de vigencia del estado de alarma: 22,74 €/MWh.

El valor del precio del mercado eléctrico se calcula como la media aritmética del precio de mercado diario publicado por OMIE, correspondiente al periodo comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y el 20 de junio de 2020, ambos incluidos.

b) Valor de los derechos de emisión de CO2 estimado para el periodo de tiempo en el que se encuentre en vigor el estado de alarma: 19,88 €/t CO2.

El valor de los derechos de emisión de CO2 se calcula a partir del precio medio del derecho de emisión resultante de las subastas organizadas por la plataforma European Energy Exchange, correspondiente al periodo comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y el 20 de junio de 2020, ambos incluidos.

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