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Legislación › Ley 2/2021, de 8 de enero, de pesca continental de Galicia.

Artículo 82. Concurrencia de sanciones.

Artículo 82. Concurrencia de sanciones.

No podrán sancionarse los hechos que lo hayan sido penal o administrativamente, en los casos en los cuales se aprecie identidad del sujeto, hecho y fundamento.

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