Legislación › Ley 2/2021, de 8 de enero, de pesca continental de Galicia.
Artículo 82. Concurrencia de sanciones.
Artículo 82. Concurrencia de sanciones.
No podrán sancionarse los hechos que lo hayan sido penal o administrativamente, en los casos en los cuales se aprecie identidad del sujeto, hecho y fundamento.


