Legislación › Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia.
Artículo 9. Procedimiento a seguir cuando se aprecie que existe una situación de incapacidad de hecho.
Artículo 9. Procedimiento a seguir cuando se aprecie que existe una situación de incapacidad de hecho.
En los casos previstos en el artículo 5.2 el médico responsable está obligado a aplicar lo previsto en las instrucciones previas o documento equivalente.


