Legislación › Real Decreto 179/2021, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto para la Transición Justa, O.A.
Artículo 13. Funciones del Consejo Asesor.
Artículo 13. Funciones del Consejo Asesor.
Las funciones del Consejo Asesor serán las siguientes:
a) Analizar y evaluar la Estrategia Española de Transición Justa, tanto en su elaboración como en su implementación
b) Analizar y evaluar las metodologías e informes de seguimiento de los Convenios de Transición Justa.
c) Asesorar sobre los proyectos de transición justa y los programas de desarrollo alternativo de comarcas mineras.
d) Ser informado de la actividad desarrollada por el Instituto para la Transición Justa, O.A., y elevar, en su caso, propuestas relacionadas con dicha actividad.
e) Asesorar sobre todas aquellas cuestiones que le someta la dirección, por iniciativa propia o de los distintos poderes públicos, relacionadas con el ámbito de actividades del Instituto para la Transición Justa, O.A.
f) Servir de foro de debate y discusión de los intereses afectados por la política de transición justa.


