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Legislación › Orden HAC/283/2021, de 25 de marzo, por la que se concretan los aspectos necesarios para la distribución definitiva, entre las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla, de los recursos de la Línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas prevista en el Título I del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.

Apartado dos. Distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla de los recursos previstos en el artículo 2 del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo.

Apartado dos. Distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla de los recursos previstos en el artículo 2 del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo.

1. Los cálculos efectuados por aplicación de los criterios previstos en el artículo 2.2 del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de acuerdo con las reglas previstas en el apartado anterior y sobre la base de los datos publicados y de los datos certificados que figuran en el anexo, implican la siguiente distribución territorial de recursos:

a) Con cargo a la aplicación presupuestaria 37.01.941O.450 «Línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas. Transferencias a las Comunidades Autónomas, excluidas Baleares y Canarias, y a las Ciudades de Ceuta y Melilla» corresponde la siguiente distribución:

Comunidades Autónomas y Ceuta y Melilla Reparto compartimento 1 (miles de euros)
Cataluña. 993.282,41
Galicia. 234.470,88
Andalucía. 1.109.244,34
Principado de Asturias. 107.765,40
Cantabria. 55.363,82
La Rioja. 32.511,75
Región de Murcia. 142.522,91
C. Valenciana. 647.081,98
Aragón. 141.348,90
Castilla-La Mancha. 206.342,55
Extremadura. 106.466,13
Madrid. 679.287,79
Castilla y León. 232.560,23
País Vasco. 217.997,30
Navarra. 67.620,09
Ceuta. 13.862,52
Melilla. 12.271,00
Total. 5.000.000,00

b) Con cargo a la aplicación presupuestaria 37.01.941O.451 «Línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas. Transferencias a las Comunidades Autónomas de Baleares y Canarias» corresponde la siguiente distribución:

Comunidades Autónomas Reparto compartimento 2 (miles de euros)
Canarias. 1.144.262,08
Illes Balears. 855.737,92
Total. 2.000.000,00

2. El Ministerio de Hacienda efectuará la transferencia de estos recursos a las Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla dentro de los diez días siguientes a la fecha en que adquiera eficacia el Convenio que se celebre con cada una de ellas, de acuerdo a lo establecido en el apartado 4 del artículo 4 del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, sin perjuicio de que las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla puedan solicitar que el libramiento material de los fondos se realice con posterioridad.

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