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Legislación › Ley 6/2021, de 17 de febrero, de residuos y suelos contaminados de Galicia.

Artículo 74. Órganos competentes.

Artículo 74. Órganos competentes.

La inspección, vigilancia y control del cumplimiento de esta ley, así como de sus normas de desarrollo, corresponde, en el ámbito de sus respectivas competencias, a la consejería competente en materia de residuos y a las entidades locales.

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