LexTotal

Legislación › Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.

Artículo 21. Colaboración de las distintas consejerías.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de marzo de 2021 y la del 1 de enero de 2024. Tachado: lo que se quitó (79 palabras). Subrayado: lo que se añadió (33 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 21. Colaboración de las distintas consejerías.
1. En las consejerías o en las entidades con funciones vinculadas a la actividad empresarial, empresarial se designarán designará a las personas que dependerán funcionalmente de la Unidad de Apoyo de las Iniciativas Empresariales de acuerdo con lo expresado en el artículo 20 y que también asumirán las funciones de contacto para colaborar con la red de oficinas de Oficina Económica en el apoyo a la empresa las empresas en los aspectos más concretos y especializados del ámbito de competencias de cada una de ellas.
2. Esta colaboración interna se articulará entre la red de oficinas de apoyo a la empresa y
ellas, así como para participar en las personas que conforman la unidad, comisiones o grupos de tal modo que las primeras se encargarán trabajo de coordinar coordinación e impulso que cree la información necesaria de las distintas consejerías y de trasladarla consejería con competencias en materia de modo unificado economía y directo a la persona solicitante. empresa.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2024 En vigor BOE-A-2024-2777 Leer Qué cambió
18 de marzo de 2021 Texto original Leer

← Artículo 20 Índice Artículo 22 →