Legislación › Ley 10/2021, de 9 de marzo, reguladora de la acción exterior y de la cooperación para el desarrollo de Galicia.
Artículo 10. Inicio de la programación.
Artículo 10. Inicio de la programación.
El órgano de dirección de la Administración autonómica en el que se encuadren las competencias fundamentales de acción exterior elaborará un borrador de estrategia, atendiendo a los documentos previos de planificación de la Xunta de Galicia que tuvieran una proyección exterior y a la vigente estrategia española, así como considerando las aportaciones de las consejerías, entidades, organismos, instituciones y expertos con intereses y experiencia en la materia.


