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Legislación › Ley 10/2021, de 9 de marzo, reguladora de la acción exterior y de la cooperación para el desarrollo de Galicia.

Artículo 36. Comité Económico y Social Europeo.

Artículo 36. Comité Económico y Social Europeo.

La Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia promoverá la participación de personas representantes gallegas en el Comité Económico y Social Europeo. A este fin, difundirá entre las entidades gallegas susceptibles de participar en el Comité Económico y Social Europeo el conocimiento de este y sus actividades, con la asistencia y auxilio, si fuera preciso, del órgano de dirección de la Administración autonómica en el que se encuadren las competencias fundamentales de relaciones con la Unión Europea y acción exterior.

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