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Legislación › Ley 10/2021, de 9 de marzo, reguladora de la acción exterior y de la cooperación para el desarrollo de Galicia.

Artículo 65. Atracción de inmigrantes de países prioritarios.

Artículo 65. Atracción de inmigrantes de países prioritarios.

1. La Administración autonómica desarrollará iniciativas para estimular el asentamiento en el territorio gallego de nacionales de los estados y territorios previstos en la Estrategia gallega de acción exterior.

2. Dichas iniciativas deberán adecuarse en cualquier caso a las directrices de las autoridades españolas y de la Unión Europea, sin perjuicio de que las autoridades gallegas realicen las gestiones precisas para trasladar a los ministerios competentes las necesidades estructurales gallegas en este terreno.

3. Se priorizará el asentamiento de los inmigrantes referidos en este artículo en los ayuntamientos y comarcas que precisen de un mayor dinamismo poblacional.

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