Legislación › Ley 10/2021, de 9 de marzo, reguladora de la acción exterior y de la cooperación para el desarrollo de Galicia.
Artículo 70. Internacionalización del Sistema universitario gallego.
Artículo 70. Internacionalización del Sistema universitario gallego.
1. La Xunta de Galicia primará en la financiación universitaria el crecimiento en la internacionalización de las universidades públicas del Sistema universitario gallego conforme a los indicadores recomendados por la Unión Europea.
2. En conformidad con lo previsto en el apartado precedente, se estimulará preferentemente la atracción de alumnado de países de la lusofonía y de los países que se indiquen como prioritarios en la Estrategia gallega de acción exterior.
3. La Administración autonómica impulsará la coordinación de la promoción exterior de las universidades gallegas y estimulará la más estrecha cooperación entre ellas, buscando la colaboración con las restantes de la Eurorregión, en especial cuando se dirijan a países de la lusofonía.
4. La Xunta de Galicia diseñará una política pública propia orientada a favorecer el establecimiento y emprendimiento en Galicia de los titulados foráneos en las universidades gallegas.


