Legislación › Resolución de 22 de marzo de 2021, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se determinan las condiciones sobre el procedimiento de revalidación de los certificados de suficiencia del Convenio sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente del mar.
ANEXO I
ANEXO I
Relación de cursos que podrán ser revalidados por los profesores, formadores e instructores que se dediquen a la formación en centros de formación marítima homologados por la Dirección General de la Marina Mercante o en centros docentes de formación profesional o universitarios
1. Capítulo V del anexo del Convenio STCW:
– Formación básica para operaciones de carga en petroleros y quimiqueros.
– Formación avanzada para operaciones de carga en petroleros.
– Formación avanzada para operaciones de carga en quimiqueros.
– Formación básica para operaciones de carga en buques tanque para el transporte de gas licuado.
– Formación avanzada para operaciones de carga en buques tanque para el transporte de gas licuado.
2. Capítulo VI del anexo del Convenio STCW:
– Formación básica en seguridad.
– Embarcaciones de supervivencia y botes de rescate (no rápidos).
– Botes de rescate rápidos.
– Avanzado en lucha contra incendios.


